Read in EnglishVisa colombiana · orientación inicial

Visa colombiana por pareja o cónyuge

Compara la ruta por matrimonio o unión permanente con colombiano y prepara evidencia coherente de la relación.

Actualizado: 2026-10-12

Hay dos visas M distintas: cónyuge de colombiano (artículo 67) y compañero permanente de colombiano (artículo 68). La primera puede durar hasta tres años; la segunda, hasta uno. Para la unión permanente, el documento que formaliza la unión debe tener más de un año al solicitar. Ambas exigen acreditar la convivencia y permiten trabajo abierto según la norma.

A quién aplica

  • Existe matrimonio válido con nacional colombiano o unión permanente ya formalizada conforme a la ruta aplicable.
  • La relación puede explicarse con fechas y evidencia consistente.
  • El registro matrimonial o documento de unión cumple los plazos y formalidades de la norma.
  • Ambas personas pueden atender una eventual verificación.

Requisitos y documentos

  • Si hay matrimonio: copia auténtica del registro civil de matrimonio colombiano expedida dentro de los tres meses anteriores a la solicitud.
  • Si hay unión permanente: escritura pública, providencia judicial o acta de conciliación, o certificado de vigencia cuando corresponda, reciente; el documento de formalización debe tener más de un año al solicitar.
  • Carta del cónyuge o compañero colombiano con los datos de contacto y manifestación de convivencia, junto con copia de su cédula.
  • Poder especial a favor de la pareja extranjera, con reconocimiento de contenido y firma ante notario o cónsul colombiano.
  • Certificados de movimientos migratorios del extranjero y de su pareja colombiana.
  • Pruebas adicionales de convivencia si Cancillería las solicita; para solicitudes consulares de unión, revisar formalidades de documentos extranjeros.

Errores que debes evitar

  • Registro matrimonial expedido hace más de tres meses.
  • Documento de unión permanente formalizado hace un año o menos.
  • Omitir poder especial o certificados de movimientos migratorios.
  • Cronología que cambia entre formularios y entrevista, o asumir que el vínculo garantiza aprobación.

Cómo solicitar la visa

  1. Verifica la categoría

    Confirma que tu nacionalidad, actividad y documentos corresponden a la visa solicitada.

  2. Prepara los archivos

    Reúne el pasaporte, la foto y los soportes específicos. Revisa apostillas y traducciones cuando correspondan.

  3. Solicita en línea

    Diligencia el formulario oficial de Cancillería y carga documentos legibles y consistentes.

  4. Paga el estudio

    La solicitud entra a estudio tras el pago. Esta tarifa no se devuelve y no garantiza aprobación.

  5. Atiende la decisión

    Responde posibles requerimientos. Si se aprueba, paga la expedición y revisa los datos de la visa antes de viajar o continuar tu estancia.

Costo oficial

Estudio y expedición se pagan en etapas distintas.

Tarifa general de visa M en 2026: USD 56 por estudio y USD 204 por expedición si se aprueba (USD 260 en total). Puede haber exenciones, impuestos o cobro en euros según el caso; confirma el valor al pagar.

Preguntas frecuentes

¿Es igual la visa por matrimonio que por unión permanente?

No. Son dos categorías M con documentos y vigencias distintas. La visa M cónyuge puede otorgarse hasta por tres años; la M compañero permanente, hasta por uno.

¿Puedo solicitar la visa apenas formalice la unión?

Para la visa M de compañero permanente, el artículo 68 exige que el documento que sustenta la unión tenga más de un año al momento de solicitar. No basta con formalizarlo el día de la radicación.

¿El registro o la unión garantizan aprobación?

No. Cancillería puede pedir pruebas adicionales de convivencia o citar a entrevista y conserva la decisión sobre la visa.

Fuentes oficiales

Consulta la norma y el trámite oficial antes de pagar. Cancillería puede pedir información adicional.

Clasifica el caso antes de pagar o radicar.

Define si la base es matrimonio o unión permanente y ordena la cronología.

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